InicioNoticiasEscritos del Colegio de Enfermería de Valladolid a Sacyl y al INSS

Escritos del Colegio de Enfermería de Valladolid a Sacyl y al INSS

El Colegio Oficial de Enfermería de Valladolid ha tenido conocimiento de la situación en la que actualmente se encuentran un grupo de enfermeras colegiadas embarazadas o en situación de lactancia y, en muchos casos en contacto directo con enfermos de COVID19, y  que a pesar de ello les ha sido denegada la situación de incapacidad temporal (IT) por riesgo en el embarazo, por los Servicios de Salud Laboral adscritos la Gerencia Regional de salud. Desde dichos departamentos no se les ha concedido la incapacidad entendiendo que no se dan los requisitos para ello.

En estas circunstancias, el Colegio, que tiene entre sus funciones buscar el beneficio de los intereses profesionales de sus colegiados y  el ejercicio del derecho de petición en defensa de la profesión, ha dirigido un escrito a Sacyl para la SUSPENSION CONTRATOS_RIESGO EMBARAZO_SACYL y al Instituto Nacional de la Seguridad Social  SUSPENSION CONTRATOS_RIESGO EMBARAZO_INSS solicitando que en estos casos y en las circunstancias actuales se permita a estas trabajadoras licencia por riesgo en el embarazo antes de la 20 semana, como suele ser la práctica actual.

Asimismo se demanda a Sacyl, y en concreto al Servicio de Salud Laboral, adscrito a la Gerencia regional, que establezca  y haga cumplir protocolos adecuados para la protección de las mujeres embarazadas y en situación de lactancia teniendo en cuenta el Plan específico de prevención de riesgos laborales ante el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2), concretamente en su apartado 3, que especifica se excluirá de la atención a estos pacientes (con covid-19) a Trabajadores Especialmente Sensibles como mujeres embarazadas o en periodo de lactancia’” y se dicten directrices explícitas para la protección de los trabajadores que estén expuestos o que sean personas de riesgo.

Para la presidenta del Colegio de Enfermería de Valladolid, Silvia Sáez, “dada la situación existente consecuencia de la crisis sanitaria por la que estamos atravesando, entendemos que no es posible una adaptación de los puestos de trabajo de forma que no se vean afectadas de forma negativa tanto la salud de la madre como la del feto, dada la especial vulnerabilidad de las embarazadas ante las infecciones víricas”.

Si bien en los primeros estudios no se ven evidencias sobre la especial vulnerabilidad en la madre o en el feto, hay que tener en cuenta que todavía se desconoce el comportamiento del virus lo cual nos debe llevar a extremar la protección de estas enfermeras”, añade Silvia Sáez.

Normativa Prevención de Riesgos laborales

En situaciones normales, la ley establece (artículo 26.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) que  “cuando (…) las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, (…) ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado.” El empresario, en este caso la Gerencia regional de Salud, “deberá determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos.’” Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo,” (artículo 45.1.d, del Estatuto de los Trabajadores). Supuesto que  el Colegio de Enfermería de Valladolid consideramos plenamente justificado en los centros sanitarios de Valladolid en las condiciones actuales debido la epidemia como consecuencia del COVID-19.

SUSPENSION CONTRATOS_RIESGO EMBARAZO_SACYL

SUSPENSION CONTRATOS_RIESGO EMBARAZO_INSS

 

 

 

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